Viernes, 17 de julio
GENERALES

LEGISLATURA CHAQUEÑA: IMPULSAN PROYECTO PARA CREAR UN PROGRAMA DE MICROCRÉDITOS PARA LA ECONOMÍA SOCIAL Y EL DESARROLLO LOCAL

El objetivo es promover y regular las operaciones del microcrédito a fin de estimular la inclusión financiera y el desarrollo integral de los emprendimientos de la Economía Social del Chaco.

En la Legislatura provincial, ingresó una iniciativa autoría de diputados del justicialismo, cuyo fin es la creación del Programa Provincial de Microcréditos para la Economía Social y el Desarrollo Local. El objetivo es promover y regular las operaciones del microcrédito a fin de estimular la inclusión financiera y el desarrollo integral de los emprendimientos de la Economía Social del Chaco.

 

 

Los objetivos son fomentar la creación, consolidación y sustentabilidad de emprendimientos y proyectos de la economía social en la provincia; desarrollar mecanismos que agilicen las operatorias de microcréditos a fin de poder dar respuesta eficaz a las y los tomadores de crédito y mecanismos que regulen y reduzcan los costos operativos e intereses que inciden sobre  los destinatarios finales de los microcréditos.

También busca revalorizar y potenciar la economía social y sus actores, propiciando la adhesión municipal de todos los gobiernos locales a la presente ley, haciendo posible su inclusión en los planes y proyectos de desarrollo local y regional.

El proyecto entiende como  microcrédito aquellos préstamos destinados a financiar la actividad de emprendimientos individuales o asociativos de la Economía Social, cuyo otorgamiento se determinará en función de las características del emprendimiento (ámbito donde se realiza -rural y/o urbano-, tamaño, flujo de ingresos y egresos, posibilidades de crecimiento, cantidad de personas que emplea), teniendo como principio rector la confianza en el/ la prestatario/a, fundamentada en su capacidad de trabajo, honorabilidad y experiencia, no pudiendo el monto del mismo exceder la suma equivalente a los DOCE (12) salarios mínimo, vital y móvil.

En tanto, plantea que los  sujetos de derecho serán las personas humanas o jurídicas contempladas en la Ley Nacional Nº 26.117 de Promoción del Microcrédito para el Desarrollo de la Economía Social, cuyos activos totales no superen las CINCUENTA (50) canastas básicas totales por puesto de trabajo, cifra actualizada por el Instituto Nacional De Estadística Y Censos De La República Argentina (INDEC).

Fm los Angeles 106.9mhz Miraflores

Fuente: https://legislaturachaco.gob.ar/
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