Miércoles, 28 de octubre
GENERALES

EL DNU DEROGA LA DOBLE INDEMNIZACIÓN PARA EL PERSONAL DE CASAS PARTICULARES NO REGISTRADO

Se derogó el artículo 50 de la Ley 26.844 del Régimen Especial de Contrato de Trabajo para el Personal de Casas Particulares.

El decreto de necesidad y urgencia (DNU) 70/2023 publicado hoy en el Boletín Oficial deroga la doble indemnización para el personal de casas particulares en los casos en que, al momento del despido, la relación laboral no estuviera registrada.
En una serie de medidas dadas a conocer anoche por el presidente Javier Milei en cadena nacional para desregular la economía, se derogó el artículo 50 de la Ley 26.844 del Régimen Especial de Contrato de Trabajo para el Personal de Casas Particulares.
"La indemnización prevista por el artículo 48 de esta ley, o las que en el futuro las reemplacen, se duplicará cuando se trate de una relación laboral que al momento del despido no estuviera registrada o lo esté de modo deficiente", se indicaba en el artículo 50 que fue anulado en el DNU.
A través del artículo 58 del DNU publicado hoy en el Boletín Oficial quedó derogado el agravamiento por ausencia o deficiencia en la registración de las trabajadoras de casas particulares en caso de despido.

Fm los Angeles 106.9mhz Miraflores

Fuente: http://agenciafoco.com.ar/
Noticia Anterior

LLEGÓ LA PLATAFORMA SUBMARINA PARA EL MAYOR PROYECTO DE EXTRACCIÓN DE GAS DEL PAÍS

Noticia Siguiente

Qué ver en Disney+ hoy: las 10 series y películas que lideran el ranking este miércoles 28 de octubre de 2026 en Argentina

Comentarios

  • Se el primero en comentar este artículo.

Deja tu comentario

(Su email no será publicado)

🔔 ¡Activa las Notificaciones!

Mantente informado con las últimas novedades.