EL GOBIERNO FIJÓ TRES DÃAS NO LABORABLES CON FINES TURÃSTICOS EN 2025
El Gobierno argentino estableció tres dÃas no laborables con fines turÃsticos para 2025: 2 de mayo, 15 de agosto y 21 de noviembre.
La medida busca fortalecer la actividad turÃstica y contrarrestar la estacionalidad del sector.El decreto fue firmado por el presidente Javier Milei y el ministro Guillermo Francos, y entrará en vigencia al dÃa siguiente de su publicación.Se espera que la disposición contribuya al crecimiento del turismo interno y dinamice las economÃas regionales.La normativa se basa en la Ley 27.399, que permite al Ejecutivo fijar hasta tres dÃas no laborables por año con fines turÃsticos.
Las fechas designadas son el 2 de mayo, el 15 de agosto y el 21 de noviembre. Esta decisión se enmarca en las facultades otorgadas al Ejecutivo por la Ley 27.399, que regula el régimen de feriados nacionales y dÃas no laborables en la Argentina.
El artÃculo 1° del decreto establece textualmente: “Establécense como dÃas no laborables con fines turÃsticos, previstos en el artÃculo 7° de la Ley N° 27.399, las siguientes fechas: AÑO 2025: 2 de mayo, 15 de agosto y 21 de noviembreâ€. La normativa fue firmada por el presidente Javier Milei y el ministro Guillermo Francos, y entrará en vigencia a partir del dÃa siguiente de su publicación.
Promoción del turismo y reducción de estacionalidad
El Gobierno destacó que la medida busca fortalecer la actividad turÃstica, uno de los sectores clave para el desarrollo económico nacional. En los fundamentos del decreto, se subrayó que la decisión tiene como objetivo distribuir el turismo a lo largo del año, contrarrestando la estacionalidad que afecta al sector.
Según el texto, “dicha facultad deviene en una polÃtica destinada a impulsar el turismo interno de la República Argentinaâ€, y añadió que estas fechas especÃficas están diseñadas para generar beneficios económicos en destinos turÃsticos de todo el paÃs. Asimismo, se mencionó que los dÃas seleccionados coinciden estratégicamente con lunes o viernes para fomentar escapadas de fin de semana largo.
Marco normativo
El decreto hace referencia al artÃculo 7° de la Ley 27.399, que otorga al Ejecutivo la potestad de fijar hasta tres dÃas no laborables por año con fines turÃsticos. También se menciona el artÃculo 6° de la misma ley, que regula el traslado de feriados nacionales que coincidan con dÃas de semana para optimizar su impacto económico.
En este sentido, se recuerda que el artÃculo 99, inciso 1 de la Constitución Nacional, otorga al Presidente la facultad de dictar normas en el ámbito de su competencia. El texto también subraya que esta decisión se encuentra respaldada por la Ley de Ministerios N° 22.520, que confiere a la Jefatura de Gabinete de Ministros las atribuciones relacionadas con feriados y actos de carácter patriótico.
Impacto esperado
El Gobierno espera que la disposición contribuya significativamente al crecimiento del turismo interno, alentando a los argentinos a viajar dentro del paÃs y dinamizando las economÃas regionales. En años anteriores, medidas similares demostraron ser efectivas para movilizar a millones de personas y generar ingresos en sectores como la hotelerÃa, gastronomÃa y transporte.
El decreto concluye con el mandato de su comunicación y publicación: “ARTÃCULO 2°.- La presente medida entrará en vigencia a partir del dÃa siguiente al de su publicación en el BOLETÃN OFICIAL. ARTÃCULO 3°.- ComunÃquese, publÃquese, dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archÃveseâ€.
fm los angeles

Comentarios
¡Sin comentarios aún!
Se el primero en comentar este artículo.
Deja tu comentario