Miércoles, 22 de julio
GENERALES

LEGISLATIVAS 2025-¿QUÉ PASA SI NO VOTO ESTE DOMINGO 11 DE MAYO? ¿QUÉ MULTAS SE APLICAN?

Este domingo 11 de mayo se vota en Chaco y hay penalidades si no se cumple con la obligación de sufragar

Este domingo 11 de mayo, más de un millón de chaqueños y chaqueñas están habilitados para votar en las elecciones legislativas provinciales, donde se renovarán 16 bancas en la Cámara de Diputados. La jornada se extenderá entre las 8 y las 18, y será la única instancia electoral del año a nivel local, ya que en esta oportunidad no se realizarán Primarias Abiertas, Simultáneas y Obligatorias (PASO). Las autoridades recordaron que no se usará Boleta Única de Papel, sino que se mantendrá el sistema tradicional con boletas impresas por partido.


En Argentina, el voto es obligatorio para las personas de entre 18 y 70 años. No emitir el sufragio sin una causa justificada puede traer consecuencias. En el caso de Chaco, la normativa electoral establece multas económicas que van desde los $50 hasta los $500, dependiendo de si se trata de una primera infracción o si hay antecedentes previos. Además, quienes no justifiquen su ausencia ante la Justicia Electoral en el plazo estipulado podrían enfrentar restricciones para realizar trámites estatales y acceder a cargos públicos.


Las personas exentas de votar por ley son los jóvenes de 16 y 17 años, los mayores de 70, quienes estén a más de 500 kilómetros de su lugar de votación —siempre que obtengan una constancia policial—, quienes se encuentren enfermos o imposibilitados por razones de fuerza mayor y los jueces o auxiliares que deban trabajar durante la jornada electoral. Todos ellos deben justificar su ausencia presentando la documentación correspondiente, ya sea de manera presencial o en línea.


El artículo 119 del Régimen Electoral de Chaco prevé que quien no vote ni justifique su inasistencia ante el Juez de Paz o el Tribunal Electoral dentro de los 60 días posteriores al acto comicial, será considerado infractor. La ley establece que, en estos casos, además de la sanción económica, la persona no podrá desempeñarse en funciones públicas durante tres años. En caso de que se justifique la ausencia, se entregará una constancia y el juez correspondiente comunicará la situación al Tribunal Electoral.


Para justificar la no emisión del voto, las autoridades indicaron que se puede presentar una certificación escrita obtenida en la comisaría más cercana, o realizar el trámite a través del sitio oficial del Registro de Infractores. En ambos casos, es necesario presentar el documento cívico y adjuntar la documentación que acredite el motivo de la imposibilidad de votar, como certificados médicos o comprobantes de distancia.


El voto es un derecho, pero también una obligación en el sistema democrático argentino. Las autoridades electorales insisten en que cada elector tiene la responsabilidad de participar del proceso, salvo razones debidamente justificadas. Ante cualquier duda, se recomienda consultar el padrón definitivo y conocer con antelación el lugar de votación, así como las vías habilitadas para justificar una eventual inasistencia.

fm los angeles

Fuente: noticiero9
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